lunes, 7 de octubre de 2013

ALTURA INVENTIVA

Para una invención, tener altura inventiva significa “no ser evidente”. La altura inventiva requiere que exista la presencia de una “idea inventiva”, es decir que la creación de orden intelectual que se manifiesta en la invención no resulte obvia.

La altura inventiva, a diferencia de la novedad exige que el invento, por muy novedoso que fuera, tenga elementos de creatividad que no se deduzcan de la simple lógica o la cultura general. Es decir, debe existir un esfuerzo intelectual extraordinario, que quede manifiesto.

Operaciones de reciprocidad y contrapartida


A. Switch trading

 este No es mas que un mecanismo que busca apoyar a los objetos de compensación entre dos economías o dos mercados, cuando entre los países involucrados se presenta un desequilibrio en la balanza comercial. Lo que busca este mecanismo es transferir los créditos a un tercer país con el objeto de que las cuentas pendientes sean cumplidas en otros países. Precisamente la empresa que es la tercera y que se encuentra en un tercer país es la que actúa como switch de la operación.

B. Offset

 Se busca lograr la neutralización de los efectos producidos por la compra de materiales estratégicos, bienes de capital, o equipo de alto contenido tecnológico o sistemas de contenido esencialmente militar. El mecanismo consiste en la compra de algunos productos o materiales al país importador y eventualmente realiza inversiones en el país importador por parte del país vendedor de los materiales citados.

domingo, 6 de octubre de 2013

Principios de la norma internacional


Hasta el siglo XIX, mientras no existió ningún convenio internacional en la esfera de la propiedad industrial, el lograr la protección de un invento en varios países, resultaba difícil. Era necesario presentar las solicitudes al mismo tiempo en todos los países para evitar que la publicación hecha en un país destruyera la novedad de la invención en otros países.

A medida que durante la 2da mitad del siglo XIX, más y más países fueron desarrollando un sistema de protección a las invenciones, existió el deseo general de armonizar las leyes de Propiedad Industrial con alcance internacional.

El aumento del comercio y de las corrientes tecnológicas entre los países, fue haciendo necesaria dicha armonización.

En 1883, 11 Estados firmaron el Convenio de Paris para la protección de la Propiedad Industrial, mismo que fue revisado en 7 ocasiones. Al 31 de marzo de 1999 contaba con 151 estados miembros.

El Convenio de Paris trata sobre varios aspectos relacionados con la protección de las invenciones, entre ellos el requisito de NOVEDAD:

Indicábamos que para evitar que la invención pierda su característica de novedad era necesario que la protección del invento sea solicitada al mismo tiempo en diferentes pases. El Convenio de Paris soluciona este aspecto, mediante un sistema de prioridades y plazos.

Operaciones esencialmente financieras


 Escrow Account-Cuentas de fideicomiso 

Mediante este mecanismo, las partes acuerdan que las divisas resultantes de la operación serán depositadas en una cuenta especial de banco de un tercer país que normalmente tiene una posición mejor que la de los países de los comerciantes involucrados, para pagar con esa suma, los importes finales resultantes de un proceso de clearing de la operación. Estas cuentas generalmente son manejadas en forma conjunta por los dos comerciantes.

Clearing Agreemento- Acuerdos de clearing 

El clearing no es más que un mecanismo financiero por el cual se establecen los saldos de un comercio bilateral en forma periódica con el fin de lograr suma de saldos deudores. Estos acuerdos tratan de establecer un equilibrio entre las balanzas comerciales y entre dos países o dos mercados.

sábado, 5 de octubre de 2013

NOVEDAD

En un sentido común, novedoso es aquello que antes era desconocido. Para determinar si hay novedad en un invento tendremos que considerar que “no hay invento si nada nuevo se ha obtenido”.

El problema como tal, cualquier problema existente, no es privativo del inventor, existe al margen del mismo y el inventor no podrá pretender para si el derecho exclusivo de solucionarlo. El problema está al alcance de todos, a todos se presenta y todos pueden buscarle solución y un mismo problema puede admitir diferentes soluciones.

¿Como se soluciona el problema? Encontrando los medios capaces de realizar el resultado, y el derecho del inventor se limita a la utilización de esos medios para obtener ese resultado.

Tres conclusiones sobre el requisito de novedad:

a) El resultado del invento debe evaluarse en función de los medios y debe ser siempre constante, es decir que debe obtenerse cada vez que los medios que los producen entren en función porque eso es lo que permite que el invento sea realizable. (Que la solución no sea casual, sino causal).
b) El derecho del inventor recae sobre los medios que proporcionan el resultado. (Derecho sobre los pasos, no sobre el resultado).
c) El invento, como se refiere a los medios que realizan un resultado funcional, no puede ser abstracto o teórico, debe ser realizable materialmente. (Ej. No se puede patentar un invento que no es empíricamente comprobable).

Por tanto la novedad de la idea inventiva, es la novedad de la relación causa – efecto efectiva entre los “medios”empleados por el inventor para la realización de la invención y el “resultado obtenido”.

Ese “medio” o “material empleado “ en si puede ser conocido, y también puede ser conocido el “resultado” con prescindencia del medio que lo produce, pero que si la relación de causalidad entre el medio y el resultado es novedosa, hay invento cuando ese resultado o ese medio son realizables.

El Derecho Positivo considera los términos de comparación indicados para determinar la novedad de la idea inventiva. Para ellos se toman en cuento dos momentos:


a) Momento de la invención y anterioridades

- Para la legislación francesa la novedad debe ser absoluta . Si el invento ha sido anticipado en cualquier lugar del mundo, en principio el invento será rechazado (hay excepciones).
- Para el derecho alemán los conocimientos perdidos, no cuentan. Tampoco aquellos que estén descritos en libros que están fuera del alcance del público.
- Para algunas legislaciones la novedad es territorial. La publicación del invento fuera del territorio inglés, por ejemplo, no afecta la novedad del invento.


b) Fecha de la solicitud de protección del invento.

- Como es muy difícil determinar el momento mismo de la invención y en que momento la idea inventiva toma forma es prácticamente indeterminable. Por indeterminable se ha adoptado entonces como fecha a considerar, el momento en que el inventor reclama la protección del Estado es decir el momento de la solicitud de la patente.

El Countertrade - Mecanismo

El Countertrade Se puede resumir de la siguiente manera:
A. El trueque o barter Es similar al mecanismo clásico de intercambio y la ventaja radica en el hecho de que los valores acordados así como las mercaderías objeto de los mismos son claramente establecidos con antelación por las partes.
B. Compensation Délas o acuerdo de compensación Son aquellos en los cuales se atribuyen a las mercaderías valores y condiciones de entrega en función a precios que se consideran contablemente.
C. Counterpurchasse o compra compensatoria Un comerciante se compromete a vender pero también a adquirir o hacer adquirir a otro comerciante bienes de modo tal que su actividad produzca un balance de pagos equilibrado, es decir que la entrega de mercadería tenga como efecto otras contra entregas de mercaderías.
D. Swap o pase comercial es un contrato en virtud del cual se vinculan dos operaciones sobre productos idénticos o similares con el fin de garantizar las entregas de los productos y de ahorrar los costos involucrados en el truque.
E. El Buy Back o recompra Operación por la cual por la venta de mercadería, tecnología, equipo o instalaciones llave en mano, se realiza el pago con productos resultantes de la utilización de tales equipos o instalaciones o por el uso de la tecnología recibida. La ventaja radica en la posibilidad de pagar el equipo con la propia producción y por ello es muy atractivo para planes de inversión o de cooperación industrial o de Project Financing.

viernes, 4 de octubre de 2013

Caracteristicas del derecho conferido por la patente

TEMPORALIDAD.- El derecho del inventor no es perpetuo. No puede ser perpetuo por las siguientes razones:

-Porque el progreso industrial se estancaría.
-Cada invento sirve de base para nuevas investigaciones y para otros inventos.

TERRITORIALIDAD.- El Estado otorga el privilegio de explotación exclusiva al inventor y ese acto implica un ejercicio de soberanía, por tanto se limita a su propio territorio.

La tendencia es la de llegar a través de los tratados internacionales a poner remedio a los inconvenientes que pudiera significar la territorialidad y de hecho se ha logrado ya mucho en los procesos integracionistas.

Requisitos de patentabilidad.


Tómese como nota aclaratoria que no todos los inventos son patentables. Solo son patentables los que cumplan con los siguientes requisitos:


  • - Novedad
  • - Nivel inventivo (o altura inventiva)
  • - Aplicación industrial