Las entidades bancarias o financieras al estar sujetas a la ley general de Bancos están también sujetas a la obligación de no divulgar ni comunicar directa o indirectamente información recibida de un cliente a un tercero, salvo la existencia de una orden judicial dentro de un proceso formal debido a la obligación de mantener el secreto bancario que tiene una actividad bancaria. El secreto bancario esta protegido por la ley como sucede con la información del sistema de valores y el sistema de seguros. Si existiera información divulgada el banco seria el responsable.
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