El Salario
Es la remuneración es dinero que el empleador da al empleado a cambio de su fuerza de trabajo. Este salario puede ser pactado al mes, a15 días o por jornada de trabajo. Se origina esta palabra en la antigua modalidad de pago en sal, constituye la única forma de contraprestación permitida al empleador.
Horas extras
Son aquellas que superan la jornada de trabajo pactada, son computables por el libro de asistencia, tarjetas de asistencia o registro similares y merecen una remuneración del doble de la jornada normal.
Trabajo de feriados y domingos
El trabajo en días domingos y feriados origina la obligación de pagar el triple al trabajador por ser considerados jornadas destinadas al descanso, se consideran feriados solo a los establecidos por ley (Bolivia 21060, 21660).
Aguinaldo
Es un “bono” otorgado por Navidad, es un salario sin descuento alguno que se paga al finalizar cada año antes del 20 de diciembre y en caso sé pagarlo después se debe pagar el doble.
Primas
Es una cantidad de dinero que se paga al trabajador por la producción de la empresa y este bono sé producción que en Bolivia puede representar un pago adicional a la prima, la prima surge de las ganancias o utilidades de la empresa y no puede superar el 25% de las utilidades netas anuales del empleador si no existen ganancias no hay obligación de pagar la prima. Si una empresa tiene por ejemplo una planilla de salarios de Bs. 100000 y tiene una utilidad de 400000 deberá pagar cono prima un salario, si tiene una utilidad de 200 000 pagara medio salario como prima, si tiene una utilidad de 100 000 pagara un salario y no más.
Bonos
Los bonos han desaparecido como principio por decreto 21060 y por excepción existen bonos para ciertos tipos de trabajo los cuales una vez que han sido acordados entre las partes, empleado –empleador se consolida a favor del trabajador y no pueden ser suprimidos, debiendo ser pagados por el empleador tal es el caso de los bancos de producción, vivienda, frontera, etc.
Jornada de Trabajo
Es una fracción de tiempo de 8 horas diarias dentro las cuales el empleador tiene cono dependiente al empleado de manera exclusiva, por la regla la jornada tiene un intermedio a medio día para descanso y existe por excepción regímenes especiales de jornadas continuas de 8 horas constituyendo 3 jornadas laborales diarias por diferentes trabajadores, este trabajo se denomina trabajo por puntas vigente en la industria minera, petrolera, algunas textiles, hotelera y algunas de exportación, cada una con régimen especial favorable al trabajador.
Días hábiles e inhábiles
Son hábiles de lunes a sábado e inhábiles domingos y feriados. El sábado ingles es la figura al amparo del cual el trabajador puede obviar su asistencia al trabajo durante la tarde a pesar de estar contemplada dicha porción de tiempo dentro la jornada de trabajo. (48 horas semanales)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario