Puede nacer de dos formas: verbal y escrita. Cuando un empleador acuerda con un empleado la prestación de su fuerza de trabajo con las características propias de este vinculo , se entiende que se ha establecido una relación contractual laboral indefinida en base a las condiciones pactadas verbalmente. Es notable anotar que quien esta obligado a probar la naturaleza, características, alcance del vinculo laboral no es el trabajador sino el empleador, por efecto del principio llamado “inversión de la prueba” por el cual quien esta obligado a probar la existencia o inexistencia de un cierto vinculo laboral con ciertas características, así como demostrar la veracidad o falsedad de las afirmaciones de un trabajador es el empleador. Las afirmaciones de un trabajador son suficientes y no así las afirmaciones del empleador quien deber probarlas. La relación laboral o vinculo laboral escrito, puede nacer mediante un contrato de trabajo bajo cualquiera de las modalidades explicadas, pero básicamente de acuerdo a dos tipos: a) Contrato por tiempo determinado y
b) Contratos por tiempo indeterminado o indefinido
No hay comentarios.:
Publicar un comentario