martes, 21 de enero de 2014

Contrato de Transporte

Contrato en virtud del cual un comerciante llamado transportador asume la obligación de portear bienes de propiedad de un usuario llamado cargador a cambio de una contraprestación llamada tarifa de flete.

Clases

El contrato de transporte puede ser: de persona o de carga, terrestre, aéreo, fluvial. En cada caso tiene reglas especiales relativas a la modalidad o a la variedad pluralidad de modalidades que recibe el nombre de transporte multimodal.

Derecho de retención

El transporte tiene el derecho de retener permaneciendo con los bienes transportados en caso de que no se le pagara el importe del flete en este caso no entrega los bienes transportados hasta recibir el pago, ese derecho se llama derecho de retención.

 Carta de Porte

Titulo valor emitido por el transportista que acredita la identificación de la mercadería y su origen.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario