ROMA.- En la antigua Roma era corriente el empleo de marcas (SIGILLA) en productos de alfarería, vinos, quesos, etc. Los productos eran obras de esclavos, lo que hace suponer que ellos no habrían tenido acción en su defensa, salvo sus propietarios.
Aparentemente, es probable que los patronos hayan podido hacer valer la ley Cornelia “de falsis” pero es seguro que tuvieron una acción civil según el caso. Parecería que el derecho sobre la marca se adquiría por la notoriedad que ella alcanzaba, bastante para establecer un derecho de posesión.
GRECIA.- También se han encontrado signos que tienen toda la apariencia de marcas, sobre todo en la alfarería, pero se desconoce en absoluto la protección que a tales signos pudo dispensarse en Grecia.
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